A inicios de 2011, entró en función el Consejo Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas, conformado por cinco consejeros. Desde el año anterior, el gobernador de Chiapas, Juan Sabines Guerrero, había propuesto al Congreso estatal desaparecer la Comisión Estatal de Derechos Humanos para dar paso a un Consejo Estatal de los Derechos Humanos, que funcionaría como un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios.
El consejo tendrá conocimiento de casos de violaciones de derechos humanos que impliquen actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público del ámbito estatal o municipal, con excepción de los del Poder Judicial del Estado. Contará además con comisiones para la protección de derechos humanos en torno al tema migrantes, respeto a la cultura, costumbres y tradiciones de las comunidades indígenas de la entidad y equidad de género, y tendrá la facultad de iniciar leyes en materia de derechos humanos ante el congreso del estado.
Un aspecto novedoso es que el nombramiento del consejo debía pasar por un proceso de consulta popular regulado por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana con la finalidad de que sean propuestos por el congreso del estado, universidades, ONGs, autoridades de usos y costumbres y por la ciudadanía en general.
Desde el 6 de enero de 2011 tomaron protesta Lorenzo López Méndez, como presidente; en la Comisión de Atención a los Derechos de los Pueblos Indígenas, Pedro Raúl López Hernández; en la Comisión de Asuntos Generales de los Derechos Humanos, Jesús Ernesto Molina Ramos; Mauricio Mendoza Castañeda, en la Comisión de Atención a los Derechos Humanos de los Migrantes, y en la Comisión de Atención a los Derechos Humanos de Equidad de Género, Marina Patricia Jiménez Ramírez.
En voces críticas, Miguel Angel de los Santos, abogado y catedrático de la Universidad de Derecho de la UNACH publicó una carta en la que denunció que “El nulo respeto que han mostrado por la ley anula también su autoridad moral para reclamar que se cumpla con la ley cuando se violan los derechos humanos”, al subrayar que en el recién nombramiento no se cumplieron varios criterios definidos por la Constitución del Estado de Chiapas, como son:
“I. Ser ciudadano chiapaneco por nacimiento, en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
III. Contar con experiencia en materia de derechos humanos, o actividades afines reconocidas por las leyes mexicanas y los instrumentos jurídicos internacionales.
VI. Ser licenciado en derecho con un mínimo de 5 años de ejercicio profesional.
VII. No haber ocupado un cargo en la administración pública federal, estatal o municipal, al menos seis meses previos al momento de su designación. Asimismo no haber sido sujeto de responsabilidad derivado de recomendación emitida por cualquier organismo público de derechos humanos, como consecuencia de su desempeño como servidor público.”
Apuntaló: “No deja de resultar lamentable que un organismo de por sí cuestionable por su ineficacia, nazca, en su nueva fase, débil e ilegítimo”.
Para más información:
– En marcha, Consejo de DH de Chiapas (El Universal, 6 de enero de 2011)
– Entra en funciones CEDH, organismo de avanzada en el país para proteger los derechos humanos (Chiapas Hoy, 7 de enero de 2011)
– Recién creado Consejo Estatal de DH entra en funciones en Chiapas (La Jornada, 8 de enero de 2011)
– Consejo Estatal de Derechos Humanos en Chiapas entra en funciones (Milenio, 8 de enero de 2011)
– Constituyen en Chiapas consejo estatal de protección al emigrante (Prensa Latina, 9 de enero de 2011)
– Chiapas: cuestionan conformación del Consejo Estatal de Derechos Humanos (Revista Proceso, 13 de enero de 2011)

Escrito por SIPAZ 






